En este proceso se escogerán los representantes estudiantiles ante el Consejo Superior, el Consejo Académico, el Comité Central de Admisiones, el Consejo de Bienestar Universitario, los Consejos de Facultades, Cursos o Grupos.
Los representantes de los estudiantes ante los diferentes Consejos y Comités, serán elegidos por un periodo de dos años (2) y podrán ser reelegidos por una sola vez.
Todos los aspirantes deben presentar al momento de su inscripción, un segundo renglón, que reúna los mismos requisitos; la persona que ocupe el segundo renglón, suplirá las faltas absolutas y temporales del principal.
Los estudiantes de postgrado podrán aspirar a los cargos de representación estudiantil siempre que su promedio ponderado como estudiantes de pregrado haya sido superior o igual a 3.5.
Podrán aspirar los estudiantes de postgrado que hayan cursado el pregrado en la Universidad de Cartagena o aquellos que, sin haber cursado el pregrado, cumplan con el mínimo de dos años y medio o cinco semestres al interior de un programa de la Universidad de Cartagena.